"El buen manejo de las finanzas públicas municipales, una ruta para la autonomía local".

Leonardo Montañez Castro, Presidente Municipal de Aguascalientes, Aguascalientes, y Vicepresidente de Capacitación del CEN de la ANAC.

"El buen manejo de las finanzas públicas municipales, una ruta para la autonomía local".

Leonardo Montañez Castro

Presidente Municipal de Aguascalientes, Aguascalientes, y Vicepresidente de Capacitación del CEN de la ANAC.

En México, con el nacimiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal en 1980, se permitió la concentración de potestades tributarias en el gobierno federal, restando capacidad tributaria a los estados y gobiernos locales, debido a que las entidades federativas accedieron a perder algunas de sus facultades a cambio de recibir participación en los ingresos federales, por considerar que el beneficio de la coordinación era mayor, esto regulado por la Ley de Coordinación Fiscal, la cual:

  • Establece los mecanismos de coordinación fiscal entre los tres órdenes de gobierno.
  • Hace referencia al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, a través del cual la Federación otorga recursos a Estados y Municipios.
  • Fija las bases reales de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales.

Así mismo, la federación regula el 80% de los ingresos fiscales del país, lo que desemboca en una fuerte dependencia de los gobiernos estatales y municipales en materia económica.

Ahora bien, en el ámbito local, las finanzas públicas municipales son el conjunto de recursos financieros y patrimoniales, de las que dispone una demarcación local para lograr sus fines; la Ley de Hacienda Municipal es expedida por el Congreso Local, en la cual se incorporan las bases legales en:

  • Identificación de las fuentes y conceptos de ingresos propios de cada Municipio.
  • Establecimiento de las facultades y obligaciones de las autoridades fiscales y de los órganos administrativos municipales, responsables de su manejo.

En este sentido, con las aportaciones federales y el cobro de impuestos, los municipios obtienen recursos para abonar en la elaboración de proyectos, sobre todo de infraestructura. El impuesto primordial para la recaudación propia de ingresos es el Predial, siendo éste un pago que deben cubrir todos los propietarios de una vivienda y mantener al corriente por ser una obligación, que coadyuva justamente a la localidad donde se ubican las propiedades.

México se encuentra entre los países con menor porcentaje de recaudación predial en relación con el Producto Interno Bruto (2% aproximadamente), resultado de los escasos esfuerzos por incrementar este porcentaje. Diversos estudios demuestran que la desigualdad entre regiones se acentúa en aquellas con menor gestión fiscal, por tanto, la capacidad de generar recursos propios incide en una mayor equidad, dicho de otra manera, si la desigualdad solo se resuelve con transferencias, sin incremento de capacidad recaudatoria, se genera mayor dependencia y más en municipios marginados.

Referente a la importancia de la recaudación del impuesto predial, el ayuntamiento de Aguascalientes, ha logrado 100% de la recaudación total del impuesto predial. Reconocemos ampliamente la responsabilidad de la población que ha pagado de manera oportuna su predial, misma que representa 398´556,272 millones de pesos (del 1ro de enero al 30 de abril), de los 381 millones que se tienen proyectados (para este año).

Los recursos generados por esta vía están siendo destinados a obra pública en beneficio de la ciudadanía. En este gobierno cada peso que se recauda tiene una contribución directa en los servicios públicos que se ofrecen. Además, este año se tienen contemplados 200 millones de pesos para la realización de obra pública, cifra que podría incrementarse de acuerdo con las necesidades que se vayan detectando.

En el Municipio de Aguascalientes somos conscientes que se debe trabajar en el análisis de la cuenta pública trimestral, por lo que ya se ha citado a los titulares de los diversos Organismos Públicos y a los secretarios para que expliquen el ejercicio de su presupuesto. Para este año el pago de impuestos continuará siendo un detonante económico para las arcas municipales, y para el beneficio de la población.

La Secretaría de Finanzas del Municipio de Aguascalientes reporta que de enero a abril los contribuyentes aprovecharon el descuento del 10% por pronto pago en una exhibición (en el primer trimestre), registrándose de un aproximado de 380 mil cuentas existentes, el pago de 244 mil 490 cuentas, que con respecto al 2022 son alrededor de 10 mil 600 cuentas más pagadas en este mismo periodo.

El dinero recaudado se integra al presupuesto general y puede ser utilizado en proyectos de las diversas secretarías municipales, como es el caso de la Secretaría de Desarrollo Urbano que solicitó 30 millones de pesos extras del presupuesto que tiene para la contratación de inspectores de obra.

Gracias a esta nutrida participación por parte de la ciudadanía y el Municipio, se estima alcanzar al menos un 95% de la meta anual para el 2023, que es de más de 430 millones de pesos incluyendo actualizaciones y años anteriores, lo que, aunado a la eficiente administración y otros factores, le permitirá al Municipio de Aguascalientes seguir contando con finanzas sanas y la más alta calificación por parte de la empresa HR-Ratings.

Es necesario que los gobiernos locales fortalezcamos nuestras capacidades administrativas para continuar trabajando la recaudación de estos impuestos que nos son tan útiles, a través de nuestros elementos de recursos humanos, tecnológicos y materiales, para que los procesos de descentralización tengan éxito, deben estar acompañados del desarrollo en la capacidad tributaria de gobiernos locales, ya que, de llevarse a cabo en contextos de baja recaudación, es imposible tener autonomía. Las y los presidentes municipales humanistas confiamos en que el buen manejo de las finanzas municipales son una ruta para alcanzar un nuevo nivel de nuestra soberanía. Por un México de municipios autónomos.

Se hace de su conocimiento que la información presentada en este artículo corresponde del 1ro de enero al 30 de abril de 2023.

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